ESQUEMA DE FUNDAMENTACIÓN  JURÍDICA

DE LAS ASOCIACIONES DE PADRES DE ALUMNOS

ASPECTO CONSTITUTIVO:

La Constitución Española de 27 de diciembre de 1978, recoge el reconocimiento y garantía de los derechos fundamentales y libertades públicas, como uno de los pilares básicos en los que se asienta el Estado Social y Democrático de Derecho.

Los derechos de reunión, manifestación, asociación y participación en los asuntos públicos, vienen recogidos expresamente (artículos, 21, 22 y 23).    

La ley orgánica 9/1983, de 15 de julio, de normas reguladoras del derecho de reunión, que deroga la Ley, preconstitucional, 17/1976, de 29 de mayo, es la norma básica de carácter general.

La Ley 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación, garantiza la libertad de asociación de padres de alumnos.

El Real Decreto 1533/1986, de 11 de julio, regula las asociaciones de padres de alumnos, de la enseñanza en general.

La Orden de 27 de mayo de 1987, del Ministerio de Educación y Ciencia, concreta normas sobre censos de asociaciones de padres de alumnos.

ASPECTO PARTICIPATIVO.

La Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa, algunos de cuyos aspectos siguen en vigor.

La Constitución Española de 27 de diciembre de 1978, garantiza la participación e intervención de los sectores de la comunidad educativa en el control y gestión de los centros (artículos, 9, 22, 27).

La Ley 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación, regula la participación de las asociaciones de padres de alumnos.

El Real Decreto 2378/1985, de 18 de diciembre, que regula el Consejo Escolar del Estado.

La Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, enmarca la participación de las asociaciones de padres en todo el sistema.

La Ley Orgánica 9/1995, de 20 de noviembre, de la Participación, la Evaluación y el Gobierno de los Centros Docentes, da un nuevo impulso a la participación.

Los Reales Decretos 82/1996 y 83/1996, ambos de 26 de enero, por los que se aprueban los Reglamentos Orgánicos, de las escuelas de educación infantil y de los colegios de educación primaria, el primero; y de los institutos de educación secundaria, el segundo. Estos RR.DD., desarrollan y estructuran la participación de todos los sectores de la comunidad educativa.

La Ley autonómica 6/1998, de 30 de noviembre, de Consejos Escolares de la Región de Murcia, por la que se crean y regulan, el Consejo Escolar de la Región de Murcia, Los Consejos Escolares Comarcales y los Consejos Escolares Municipales.

El Decreto autonómico 120/1999, de 30 de julio, por el que se desarrolla y regula la estructura y composición de los Consejos Escolares de la Región.